"No hay
causa que merezca
más alta
prioridad que la
protección y el
desarrollo del
niño, de quien
dependen la
supervivencia, la
estabilidad y
el progreso de
todas las
naciones y, de
hecho, de la
civilización
humana".
Plan
de Acción de la Cumbre Mundial a favor
de la
Infancia, 30 de septiembre de 1990.
En la Convención
de los Derechos del niño de 1989 se nos recuerda lo que ya proclamó la
Declaración de los Derechos del Niño de 1959, esto es, que "el niño, por
su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales,
incluso la debida protección legal, tanto antes
como después del nacimiento", y por eso, en su artículo 1º entiende
por niño “todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud
de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad”.
En la convención
se deja meridianamente claro que “en todas las medidas concernientes a los
niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los
tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una
consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño”.
En el artículo
7º se establece un derecho que será determinante para garantizar su desarrollo
en las mejores condiciones posibles y en todos los ámbitos: “El niño será
inscripto inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho desde
que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible,
a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos”.
Este último
Derecho impediría mientras siga vigente este precepto que en cualquier Estado
parte de la Convención se autorizara la denominada –eufemísticamente-
maternidad subrogada.
Todo esto viene
a cuento por la insensata proposición no de Ley presentada por Cristina
Cifuentes en la Asamblea de Madrid, y que ha sido rechazada por 64 contra 62. Una
Diputada del grupo parlamentario popular en esta Asamblea defendía la propuesta
porque es una «realidad» en España, “donde entre el 15-20% de las parejas tiene
problemas de fertilidad”. El argumento, claramente falaz, es significativo de
una tendencia que no será fácil detener, que no es otra que la que advierte
José Eugenio Azpiroz: «más pronto que
tarde se planteará la reivindicación de modificar la legislación en el sentido
de “autorizar” estos contratos y evitar, con ello, los costos de acudir a
países extranjeros». Y sigue diciendo: «Si
esto llegara a suceder una vez más habrá triunfado la “factibilidad”, el
derecho a hacer lo que científica y técnicamente se puede hacer (incluso
concretar así el derecho a ser padres), sobre la ética que defiende los valores
de la dignidad humana, el que todo no vale (...)».
Bien pensado,
son tantas las razones que harían aconsejable no modificar en absoluto el
artículo 10 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre Técnicas de Reproducción
Humana Asistida (que, recordemos, prohíbe el contrato de “gestación por
sustitución”, sea gratuito u oneroso, declarándolo nulo de pleno derecho) que sorprendería que se produzcan intentos
de regular esta aberración, haciéndola plenamente legal. Nuestro Tribunal
Supremo las sintetiza de modo excelente en el Fundamento de Derecho Tercero de
la Sentencia de 6 de febrero de 2014: «[en nuestro ordenamiento jurídico no se
acepta que los avances de las técnicas de reproducción humana asistida] vulneren la dignidad de la mujer gestante y
del niño, mercantilizando la gestación y la filiación, “cosificando” a la mujer
gestante y al niño, permitiendo a determinados intermediarios realizar negocio
con ellos, posibilitando la explotación del estado de necesidad en que se
encuentran mujeres jóvenes en situación de pobreza y creando una especie de
“ciudadanía censitaria” en la que solo quienes disponen de elevados recursos
económicos pueden establecer relaciones paterno-filiales vedadas a la mayoría
de la población»
Digo que “sorprendería”,
pero no sorprende. Y no sorprende porque, como recordaba Janne Haaland Matlarry
“el nihilismo, un valor dominante en el mundo occidental, ejerce una influencia
directa en el modo de entender la familia, la maternidad o los hijos". Como
afirmó el entonces cardenal Ratzinger, “la negación de la verdad puede ser hoy
el problema clave de la política y la sociedad europeas".
Imagen: www.observatoriobioetica.org
Como siempre muy acertado.
ResponderEliminarUn abrazo
Blas
Fantástico y documentado post, una vez más. Curioso que el supuesto "progreso" suponga la vuelta a costumbres que ya habían sido superadas en nuestra historia. Están construyendo una sociedad para ricos: sólo ellos pueden pagarse los supuestos nuevos "derechos". Los vientres de alquiler suponen una vuelta a la esclavitud de la mujer, a la cosificación del cuerpo humano. El hijo vuelve a ser una propiedad del o los supuestos "padres". El aborto, como en la época de la Carta a Diogneto, vuelve a establecer el "derecho" de engendrar hijos y, luego, deshacerse de ellos. La vida humana se banaliza hasta extremos insospechados, anulando su inviolabilidad y dignidad, como en el circo romano. Parece que el dinero todo lo puede comprar, incluso el inmenso honor de la paternidad real.
ResponderEliminarGracias por denunciar estos hechos terribles, que si no se alertan, algunos puede que lo vean como normal. Explicar las cosas con sencillez y pedagogía de andar por casa, es fundamental.
ResponderEliminarMuchas gracias por vuestros gentiles comentarios.
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